La CGT le ganó un primer round al DNU de Milei

La Cámara de Apelaciones del Trabajo dio lugar a la medida cautelar presentada por la CGT y suspendió el capítulo IV del DNU de Milei.

La Justicia aceptó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió la reforma laboral de Javier Milei, incluida en el mega DNU que el Presidente de la Nación anunció el pasado 20 de diciembre y que estaba vigente desde el 30 del mismo mes.

La Cámara de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar para dejar sin efecto el capítulo 4 del decreto, el cual produjo el anuncio del primer paro general de la era libertaria, convocado para el próximo 24 de enero.

La decisión de la sala integrada por las juezas María Dora González y Andrea García Vior y el juez Alejandro Sudera considera que no se habría configurado la situación de “extrema urgencia” requerida para que el Poder Ejecutivo pueda legislar sobre temas que son potestad del Congreso Nacional.

En el fallo, sostienen que la justificación ofrecida por el Poder Ejecutivo resulta insuficiente para demostrar la urgencia de implementar cambios estructurales en las leyes laborales, y sobre todo cuando algunas de las normas en cuestión tienen naturaleza penal.

"No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema excepcionalidad, escribieron.

Por otro lado, los camaristas subrayaron que el presidente de la Nación no convocó a sesiones extraordinarias en el Congreso, como podría haber hecho de considerar prioritario el tratamiento de la reforma laboral.

Este fallo supone un freno temporal al avance de la reforma que implicaría la eliminación de toda penalidad contra las empresas o emprendimientos que no registren a sus trabajadores, el aumento del período de prueba o pasantía para profundizar la flexibilización de los contratos, la reestructuración de los descuentos salariales convencionales en favor de que trabajador y empleador aporten cada uno su parte a un fondo del que saldría la potencial indemnización del primero, la penalización de asambles en los espacios de trabajo y el visto bueno a los bloqueos como causa de despidos, entre otras cosas.

Mientras tanto, la CGT publicó un comunicado en el que aseveran: "Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá viencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23, como ha solicitado la Confederación General del Trabajo".

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