El fallo no será de cumplimiento inmediato hasta que se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley. El proceso de apelación en los tribunales de alzada podría extenderse indefinidamente.
Hasta que no se agoten todas las instancias de apelación previstas por la ley, el fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 2 que condenó a Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua no será de cumplimiento inmediato. Como la Corte Suprema de Justicia no tiene plazos límites para expedirse, el proceso de apelación en los tribunales de alzada podría extenderse indefinidamente.
Además de no estar firme la sentencia, la exmandataria tiene inmunidad de arresto por el cargo que desempeña como vicepresidenta hasta el 10 de diciembre de 2023. Para quitarle los fueros y hacer efectiva la detención antes de esa fecha, haría falta un juicio político en el Congreso.
La prohibición para ejercer cargos se hará efectiva una vez que la sentencia quede firme en todas las instancias. Por lo tanto, Cristina está habilitada para postularse como candidata. Sin embargo, ayer la vicepresidenta dijo que su nombre no figurará en ninguna boleta.
“No voy a ser candidata a nada, ni a presidenta, ni a senadora, mi nombre no va a estar en ninguna boleta”, afirmó sobre el final del discurso que emitió por su canal de YouTube. Es decir, una vez finalizado su mandato actual como vicepresidenta, no contará con fueros.
Las defensas y la fiscalía podrán preparar y presentar sus apelaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal luego de que el TOF 2 de a conocer los fundamentos del fallo el próximo 9 de marzo. A partir de entonces contarán con diez días hábiles para la elaboración y presentación de apelaciones.
Casación
El veredicto será analizado por la sala IV, integrada en la actualidad por tres jueces que ya intervinieron en otras instancias del caso Vialidad: Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo.
Borinsky y Hornos fueron denunciados por sus visitas al expresidente Mauricio Macri durante su gestión. Ambos fueron sobreseídos en la primera instancia por el juez Marcelo Martínez de Giorgi. Ese fallo será revisado por la sala II de la Cámara Federal.
Los tres jueces de la sala IV de Casación llamarán a las partes a una audiencia en 2023, ya habiendo recibido la causa, para escuchar los fundamentos. Posteriormente tendrán 20 días hábiles para resolver.
Corte Suprema
Luego de la Casación, la siguiente posibilidad es recurrir ante la Corte Suprema de Justicia con un recurso extraordinario. Si este es rechazado, habilitará la queja directa ante el máximo tribunal, que no tiene plazos para decidir.
Recién cuando la Corte Suprema se pronuncie, la sentencia dictada el pasado martes quedará firme. Si en ese momento alguno de los condenados tiene fueros por estar ejerciendo un cargo, tendrá que realizarse un juicio político para que se pueda ordenar su detención. La Constitución establece que para efectivizar un desafuero, se requiere “mayoría especial” de votos en el Congreso de la Nación.
Como la vicepresidenta cumplirá 70 años en febrero, en caso de ser arrestada, el arresto podría ser domiciliario.
Si Casación revoca algún aspecto del fallo dispuesto por el Tribunal Oral, el escenario cambiará. En ese caso, la Corte podría disponer que otra sala de la Casación revise la decisión antes de intervenir en la causa.
Por otro lado, todas las defensas (la de la CFK y las de los otros 12 acusados) pueden recurrir a tribunales internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La defensa de la expresidenta denunció ante dicho organismo, cuyas decisiones son de cumplimiento obligatorio para la Justicia Argentina, violación de garantías constitucionales, persecución y «lawfare».
Con información de Télam.