Es impulsado por el Frente de Todos y ayer obtuvo un dictamen de mayoría, con la ausencia de Junos por el Cambio.
Con el dictamen de la mayoría de legisladores del Frente de Todos, avanza en el Senado de la Nación un proyecto de ley que pretende establecer la inhibición, recusación y excusación de jueces que tengan una posición contraria a la perspectiva de género. Sería causal de recusación para el magistrado que «manifieste judicial o extrajudicialmente una posición contraria a la perspectiva de géneros, hostilidad hacia las mujeres y población LGBTIQ+, utilice discursos de odio, o no respete y haga respetar la ley de identidad de género».
La ley lleva la firma de la vicepresidenta del interbloque del Frente de Todos, la mendocina Anabel Fernández Sagasti. La iniciativa modifica varios artículos del Código Procesal Penal de la Nación, el Código Procesal Penal Federal y la ley de protección integral para erradicar la violencia contra las mujeres.
Según la senadora oficialista, «muchos jueces firman sentencias homofóbicas y transfóbicas», y explicó «la principal garantía para las mujeres y para el colectivo LGBTIQ+ es la imparcialidad».
«Si un juez no incorpora la perspectiva de género, no está impartiendo justicia», agregó Sagasti, y calificó al Poder Judicial como «patriarcal y misógino».
El debate del tema no contó con la presencia de los senadores de Juntos por el Cambio, lo que fue cuestionado por el presidente de la Comisión, el oficialista neuquino Oscar Parrilli. «Es difícil trabajar así sin el bloque opositor. Hay una desidia y una actitud infantil en el bloque de la oposición», indicó.
Por su parte, Sagasti agregó que el proyecto es necesario y urgente y agregó que «esto no tiene nada que ver con lo que dice la oposición de que sólo tratamos la agenda judicial de la vicepresidenta» Cristina Fernández de Kirchner.
En el proyecto se señala que el derecho a ser juzgado de manera imparcial es una garantía fundamental del debido proceso y se establece que los magistrados que «adopten una posición parcial contraria a valorar con perspectiva de género los casos sobre los que se informa, en cumplimiento de la doctrina sobre recusación corresponde que se inhiban o apartarlos de las actuaciones».